Un carrito de juguete, de esos que se conocen como “de fricción” requiere de dos o tres talladas contra el piso para poner en funcionamiento un mecanismo que, al colocar el cochecito en el suelo, lo hace desplazarse con notoria velocidad, pues la fuerza del impulso ha sido activada y sólo logra detenerse hasta terminar su carrera o topar con pared.
Un resorte, mientras más fuerza de opresión recibe, más alto y fuerte es su impulso, que resulta en un salto, pues cuanto mayor es la opresión que recibe, mayor es su respuesta para liberarse de la fuerza opresora.
En ambos casos la fuerza liberada se ve y se siente en su carrera y en su salto, aunque la fuerza motora que les impulsa se mantenga invisible pues es ley científica de la que trata la física.
La libertad religiosa funciona de manera similar cuando se le oprime o se le talla contra el suelo y la respuesta de su reclamo también es siempre mayor a la fuerza opresora. La historia sabe dar cuenta de esta verdad, que ha incidido en los últimos años y con mayor demanda a partir del inicio del nuevo siglo, bajo el concepto universal de Libertad Religiosa, que ya ha conseguido importantes espacios en los consensos internacionales sobre derechos humanos.
La Oficina de Libertad Religiosa Internacional del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en su último Informe Anual sobre Libertad Religiosa Internacional, luego de examinar la salvaguarda de la Libertad Religiosa en 197 países y territorios, y después de que en una introducción que acompaña el Informe, observa “avances significativos” en cuanto al respeto a la Libertad Religiosa, designa a ocho países como de “particular preocupación” porque se han visto implicados o han tolerado violaciones particularmente graves de la libertad religiosa. Estas países son: Birmania, China, Corea del Norte, Eritrea, Irán, Arabia Saudita, Sudán y Vietnam,. A los ocho se suman, como de “preocupación” en menor grado: Cuba, Tibet, Laos, Uzbekistán, Georgia e India.
Las violaciones que el Informe considera como graves son: largas sentencias en prisión; azotes corporales; arrestos; discriminación en empleos; acceso a educación y a vivienda; restricciones a la libertad de expresión; limitaciones a las prácticas religiosas en lugares cerrados; hostigamiento a ministros de culto; restricciones a importación y distribución de literatura y material religioso; controles a publicaciones de las iglesias; restricciones de acceso a radio y televisión; prohibiciones a la educación religiosa y hostigamiento a laicos que tienen lazos con grupos religiosos.
Sin embargo, y no obstante los avances significativos en varios países, como ha dejado claro el Informe, la Libertad Religiosa sigue ausente en muchos otros.
En la lista de esos países discriminatorios de la Libertad Religiosa, México habría ocupado fácilmente uno de los primeros lugares en el primer tercio del siglo pasado, cuando durante los gobiernos de Plutarco Elías Calles, Álvaro Obregón y Lázaro Cárdenas, se vivió una intolerancia religiosa que se desató en una persecución a la Fe cuando a sacerdotes y religiosos se le fusilaba o expulsaba del país y cuando las iglesias tuvieron que cerrarse y se celebraba Misa en la clandestinidad. Hace 16 años México también habría figurado en la lista, pues las leyes contenían severas prohibiciones hacia las prácticas religiosas.
Si hoy México no aparece entre los países en los que se atenta contra la Libertad Religiosa, se debe, entre otras cosas, a las reformas constitucionales de 1992, acontecimiento del que se celebra, en estos días, su 15º aniversario.
El 21 de septiembre de 1992 la Secretaría de Relaciones Exteriores daba a conocer el siguiente comunicado conjunto adoptado por la Secretaría de Estado de la Santa Sede: “El gobierno de México y la Santa Sede, deseosos de promover relaciones de mutua amistad, han decidido establecer relaciones diplomáticas a nivel de embajada por parte de México y de nunciatura apostólica por parte de la Santa Sede”.
El clima que hoy se vive en México entre leyes, gobierno e Iglesia, se define como de “Tolerancia” aunque prevalecen severas prohibiciones en materia religiosa a la libertad de expresión de los ministros de culto de las diversas iglesias, además de otros derechos civiles y políticos.
Las opresiones a la religiosidad de un Pueblo Teo-céntrico, como siempre ha sido México, se han traducido en motivos suficientes que con velocidad y fuerza reclaman eliminar de manera definitiva, a partir de una auténtica Reforma del Estado, las caducas conceptualizaciones de “libertad de culto”, “libertad de credo” y “tolerancia religiosa”, para dar paso a una auténtica “Libertad Religiosa”, aunque su fuerza sea invisible porque emana de la Ley Natural que es creación y voluntad de Dios.
Otros artículos: Lo laical (laicismo en México),
y Historia de México en las relaciones Iglesia Estado y su dimensión jurídica.