El 25 de noviembre de 1981 se produjo la proclamación por parte de la Asamblea de las Naciones Unidas de la Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Se trata del instrumento internacional que más específicamente ha proclamado el derecho fundamental a la libertad religiosa. En nuestro país, la Constitución Nacional, en su artículo 14, reconoce el derecho de profesar libremente el culto, garantizando las libertades de pensamiento, de conciencia y de religión. Nuestra legislación condena asimismo todas las formas de discriminación, incluyendo la religiosa.
Si bien la convivencia interreligiosa en nuestra tierra hoy es fuerte y fecunda, debemos reconocer que no fue alcanzada a lo largo de nuestra historia de una manera fácil. Las leyes no siempre han sido respetuosas de la libertad religiosa, más bien fueron los ciudadanos los que superando a las leyes las han respetado naturalmente. No sin dolores y en un proceso lento y difícil, la sociedad ha comprendido la importancia de un cambio y entre las distintas iglesias, confesiones y organizaciones religiosas se logró pasar de la tolerancia recíproca al diálogo fecundo. En la Argentina, a pesar de esta rica tradición, aún resta mucho por hacer. Hay un vacío legislativo a todas luces incomprensible para los tiempos que corren, destacándose el que no existan leyes que reconozcan fuera de la Iglesia Católica, a las otras iglesias y confesiones religiosas su carácter de tales, con su propia identidad y naturaleza.
Existe en muchísimas personas, iglesias y comunidades un legítimo anhelo de plena igualdad religiosa, entendida como una igualdad absoluta de derechos y una completa eliminación de toda forma de discriminación fundada en la religión. En el contexto internacional, si bien como argentinos estamos alejados de los centros mundiales de conflicto, no hemos sido inmunes al fanatismo y hemos sufrido en carne propia las consecuencias del odio racial y religioso en los ataques perpetrados a la comunidad judía. Hechos como los aludidos nos muestran que la paz no está ganada por su simple declamación sino que se construye todos los días, con acciones y conductas dirigidas a formar conciencias y sembrar virtudes.
En esa construcción, debemos enseñar que la libertad religiosa es el basamento de las exigencias más profundas, más interiores y más auténticas del espíritu humano. La fe y la libertad religiosa deben ser mostradas como un valor positivo que no puede ni debe ser manipulado.El rechazo a la libertad religiosa es comprensible únicamente en personas encerradas en un espíritu despótico, autoritario y sectario, que no aceptan el diálogo, el confrontar sus ideas ni el libre examen. En este sentido, la efectividad de la libertad religiosa en la vida individual, del Estado y de las instituciones, es un factor de progreso y el respeto por el sentimiento religioso personal lo que indica en una sociedad si existe o no un elevado concepto de consideración al prójimo.
Si bien los derechos fundamentales del hombre son patrimonio de la humanidad e iguales en todas las latitudes, entre ellos el derecho a la libertad religiosa ocupa un lugar de privilegio ya que concierne a la relación del hombre con Dios.Prestemos una especial atención a la importancia que tiene este derecho fundamental inherente a la persona humana en el marco de una sociedad democrática. Contribuyendo desde la valoración positiva del hecho religioso al ejercicio de las responsabilidades sociales y al respeto de la persona sin discriminaciones de ningún tipo, estaremos educando para la convivencia y la paz.
Raúl Scialabba es el Presidente de CALIR (Consorcio Argentino para la Libertad Religiosa)
Fuente: Diario Clarín, Buenos Aires 25 de noviembre de 2008