Para dar una familia de acogida a miles de niños que están a cargo del Estado en el Reino Unido, harían falta al menos unas 10.000 familias más de las que están dispuestas. No hay tantos candidatos. Se trata de acoger a niños con muchas carencias afectivas y educativas, el subsidio estatal no es muy estimulante y el papeleo burocrático –antes y después– desalentador.
Así que cabría esperar que fuera bien recibida una pareja como la formada por Eunice y Owen Johns, de 62 y 65 años, que, además de haber criado cuatro hijos propios, han tenido ya en acogida 15 niños desde 1992. Su desempeño debe de haber sido bueno, ya que fueron alabados en su momento por los servicios sociales como personas “amables y hospitalarias” que “responden con sensibilidad” a las necesidades de los niños.
Tras un paréntesis de algunos años, volvieron a ofrecerse como candidatos en 2007. Pero algo había cambiado, y, según los servicios sociales de la ciudad de Derby, no reunían las condiciones de idoneidad. La razón era que, como cristianos pentecostales practicantes, no tienen una visión positiva de la homosexualidad, y por lo tanto no hablarían a los niños a favor de esta tendencia sexual.
Los Johns se consideraron tan ofendidos al ser discriminados por ser cristianos como se hubieran sentido si les hubieran rechazado por ser negros, como efectivamente lo son. Así que recurrieron a los tribunales. Pero acaban de perder el caso ante la High Court de Londres, que ha dado la razón a los servicios sociales con una sentencia que ha levantado polvareda en el país.
Lo paradójico es que su exclusión como familia de acogida se basa en una Ley de Igualdad aprobada por el anterior gobierno laborista, precisamente para evitar la discriminación por todo tipo de razones (sexo, edad, religión, etnia, orientación sexual, etc.).
En su sentencia, los dos jueces establecen que las autoridades locales pueden exigir que los candidatos demuestren una actitud positiva hacia la homosexualidad. Los jueces reconocen que “hay un conflicto entre las disposiciones legales contra la discriminación por motivos religiosos y contra la discriminación por orientación sexual. Pero, en lo que se refiere a familias de acogida, deben tener precedencia las que se refieren a la orientación sexual”.
¿Por qué? Los jueces admiten que la Declaración Europea de Derechos Humanos reconoce el derecho a manifestar las propias creencias religiosas, pero este derecho queda postergado cuando “la persona a la que se confía la custodia de un niño desea manifestar una creencia que es contraria (inimical) a los intereses del niño”.
Ideas perjudiciales para un niño
Esta postura coincide con lo que había defendido en este caso la Comisión de Igualdad y Derechos Humanos, un organismo burocrático que había manifestado ante el tribunal que un niño dado en acogida podría ser “infectado” por las ideas cristianas sobre ética sexual.
La High Court rizaba el rizo al declarar que los Johns no eran excluidos por sus creencias cristianas, sino por sus ideas sobre la ética sexual. Cabe preguntarse si seguiría esta misma argumentación en el caso de que fuera excluida una pareja homosexual, aduciendo que no tenía una visión positiva de la religión, lo cual podría ser perjudicial para un niño atraído por la fe.
Incluso en el descristianizado Reino Unido la sentencia ha despertado muchas críticas. Andrea Minichello Williams, del Christian Legal Center, se pregunta: “Si la moral cristiana se considera perjudicial para los niños e inaceptable para el Estado, ¿cuántos años faltan para que se retire a los padres cristianos la custodia de sus hijos?”
La columnista Allison Pearson, del Daily Telegraph, se pregunta a cuento de qué hay que exigir a un padre adoptivo una determinada idea sobre la homosexualidad. “Lo que me indigna de este caso es que los verdaderos perdedores son los miles de niños que necesitan urgentemente ser apartados de un ambiente caótico para darles la esperanza de una vida mejor”. Como “anglicana descremada” dice no creer en el infierno, pero se declara dispuesta a reservar una plaza para los jueces, burócratas o trabajadores sociales que piensan que “es más importante dar satisfacción a sus prejuicios progresistas que encontrar un sitio seguro para un niño”.
Respeto no es aprobación
La realidad es que, como ocurre en esta sentencia, los derechos de los homosexuales pasan por encima incluso de la libertad de conciencia y de la libertad de expresión de las propias convicciones. Ya no solo se pide el respeto que un homosexual, como cualquier otra persona, merece. Lo que se exige es la aprobación de su conducta. La señora Johns ha demostrado saber distinguir entre ambas cosas, al declarar: “Los jueces han sugerido que nuestras ideas podrían perjudicar a los niños. No creemos que esto sea así. Estamos dispuestos a amar y aceptar a cualquier niño. A lo que no estamos dispuestos es a decir a un niño pequeño que la práctica de la homosexualidad es una cosa buena”.
Pero esta es la convicción que pretende imponer esta nueva moral de Estado. La ley puede exigir que una persona no sea discriminada por el hecho de ser homosexual o adúltero o pentecostal o cualquier otra condición admitida por la ley. Lo que no puede es obligar a que uno tenga una visión necesariamente positiva de la conducta o de las ideas de un grupo, como si lo contrario fuera una ofensa. Esto, que parecía un valor adquirido en una sociedad democrática, parece olvidarse cuando se trata de la conducta homosexual. En cambio, si un organismo del Estado dice que los niños pueden verse “infectados” por la moral sexual cristiana, no parece haber ofensa.
La cuestión de la homosexualidad se ha convertido así en una “creencia”, que debe ser protegida de toda crítica o debate. Y esta nueva Iglesia de la Igualdad y Diversidad, a diferencia de las otras, recurre todavía al brazo secular para sancionar al disidente. Como escribe el Daily Telegraph en un editorial, “estamos siendo testigos de una moderna Inquisición secular, un decidido empeño para forzar a todos a aceptar un nuevo conjunto de ortodoxias, so pena de afrontar la condena como herejes sociales”.
Después de tanto debate sobre el derecho de los homosexuales a adoptar, lo que ahora se admite en el Reino Unido sin debate es que carecen de tal derecho los cristianos que no tienen una visión positiva de la conducta homosexual. Al final resulta que la dictadura del relativismo no es una amenaza, sino ya una realidad.
Fuente: Agencia Aceprensa, boletín del 4 de marzo de 2011