Lo del Estado laico o aconfesional, quiere decir que éste no fomenta, no promociona, no persigue, no alienta, no recomienda, no ataca a ninguna religión y que los ciudadanos no sufrirán ningún tipo de discriminación por razón de sus creencias.
Gaspar Llamazares, líder de los comunistas de IU, ha propuesto quitar el Crucifijo y cualquier símbolo religioso de los edificios públicos, así como retirarlos en los actos de la jura de cargos públicos. Dice que España sigue sin ser un Estado laico, a pesar se estar establecido así en la Constitución. A este personaje no se le supone ignorancia, sino mala fe. Porque, ¿acaso sus acólitos comunistas no exhiben, cuando les interesa, la bandera de Asturias, que incluye la Cruz de la Victoria y el alfa y omega («Yo soy el principio y el fin»)?. ¿Acaso, también, creerá este personaje de gesto adusto y verbo encizañador, que puede quitar las cruces de iglesias, catedrales, o de las procesiones de La Macarena, del Nazareno, de la Semana Santa sevillana, por poner un ejemplo?. Si odia tanto a la religión, concretamente a la cristiana, ¿por qué no empieza por quitarse su nombre, Gaspar, personaje éste sobradamente conocido en la Iglesia Católica?
«Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones» .
De aquí se desprende que el Estado no tiene ninguna religión en concreto y que las considera a todas por igual.
Este individuo no se da cuenta, o no quiere enterarse, que ni en la implosionada URSS, después de casi 75 años de comunismo ateo, pudieron desaparecer los símbolos de la iglesia ortodoxa rusa. Ahí están para verlos.
Por otra parte, en ningún artículo de nuestra Constitución se dice que España sea un país laico, como tampoco aparecen los conceptos laicista o laicidad. Llama la atención cómo la mentira circula con toda impunidad contaminando todo lo habido y por haber. El artículo 16.3 de la Carta Magna dice:
En el apartado 1 del mismo artículo, se lee: «Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley»
Es decir, del citado artículo 16 se desprende que, no solamente se reconoce la libertad religiosa, sino que contempla la realidad religiosa de España porque está identificada con el cristianismo en general y con el catolicismo en particular, independientemente de otras religiones minoritarias.
Lo que se dice en el artículo antes visto, es que el Estado es aconfesional, pero no la sociedad. Diversas encuestas realizadas muestran que un 80% se confiesan católicos; un 5% ateos; un 2% creyentes de otras religiones; un 11% no creyentes y el 2% restante no sabe, no contesta. Es decir, el Estado, ante esta realidad, no le queda más remedio que respetar las diversas opiniones de la sociedad y tratar de colaborar con la mayoritaria Iglesia Católica, así como también con las religiones minoritarias. No en vano en el párrafo tercero del Preámbulo constitucional se habla de «proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones» .
Asimismo, el Tribunal Constitucional en sentencias 19/1985, 120/1990, 137/1990, reconoce que la libertad religiosa «faculta a los ciudadanos para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros»
Lo del Estado laico o aconfesional, quiere decir que éste no fomenta, no promociona, no persigue, no alienta, no recomienda, no ataca a ninguna religión y que los ciudadanos no sufrirán ningún tipo de discriminación por razón de sus creencias.
Sin embargo, el estado laicista sí toma partido contra la religión al promover que ésta desaparezca de la vida pública y, si fuera posible, también de la vida privada. Evidentemente esto no lo dice la Constitución.
El Tribunal Constitucional, intérprete fiel de la Carta Magna, desmonta esta visión laicista en sentencia 46/2001: «La dimensión externa de la libertad religiosa se traduce además en la posibilidad de ejercicio, inmune a toda coacción de los poderes públicos, de aquellas actividades que constituyen manifestaciones o expresiones del fenómeno religioso relativas, entre otros particulares, a los actos de culto, enseñanza religiosa, reunión o manifestación pública con fines religiosos, y asociación para el desarrollo comunitario de este tipo de actividades».
El artículo 9.2 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, de noviembre de 1950, así como el artículo 18.3 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de diciembre de 1966, hablan de la libertad de manifestar las convicciones religiosas, sin más trabas que la protección de la seguridad pública, el orden, la moral, etc. Por tanto, la libertad religiosa no tiene por qué ser relegada a la esfera privada. Y aún en privado se ataca a la religión, a la católica, por supuesto.
Por tanto, lo que pretenden Llamazares y sus acólitos, va contra el espíritu constitucional.
Sin embargo, y a pesar de todo lo expuesto, a la religión católica se la sigue atacando desde todos los frentes. Hay una organización llamada «Plataforma para una sociedad laica» que, de forma subliminal, confunde Estado con sociedad; aconfesionalidad y laicidad con laicismo. Muy sutilmente esta plataforma hace sus planteamientos desde una postura «neutral», pero tratando de obligar a aceptar sus principios como única solución. Para ello cuenta con una trouppe de lacayos bien asalariados con los impuestos de todos los españoles.
Publicado en Diario de América, 2 de junio de 2008.